administradora como trabajador independiente. No son válidas las afiliaciones como beneficiario o como dependiente de otro empleador.• En cuanto a los trabajadores del magisterio, el artículo 14 del Decreto 1703 de 2002 establece que en estos casos el fondo distinto deberá cotizar al Fosyga por el viejo valor de los ingresos, en este caso lo q… Read More